Durante la jornada de este martes, la Cámara Nacional de Comercio (CNC), pidió al Gobierno y al Congreso revisar el artículo 6 de la Ley 21.420, que comenzará a regir a partir del 1 de enero, que modifica la definición de “servicios” y grava con IVA aquellos que antes no debían pagar.
La declaración comienza diciendo que como entidad solicitan al Gobierno y a los parlamentarios revisar el artículo 6 de la Ley 20.420 que modificó el IVA a los servicios, gravando aquellos que antes no se encontraban afectos a este impuesto. En este sentido y ad portas de comenzar 2023 la CNC pidió que se suspendiera la aplicación de esta normativa:
“Creemos que debiera modificarse dicha norma en términos de restringir su aplicación solo respecto de las operaciones que se realicen con contribuyentes que pagan ese impuesto.
Invocando en esta solicitud lo mismo que se hizo cuando se aprobó la ley que condicionaba el uso del crédito fiscal a que el IVA estuviere pagado.
Existen razones para suspender la aplicación de la normativa, ya que derivará en un perjuicio para los consumidores de servicios ligados al cuidado de ancianos y centros de rehabilitación de drogas, pagos en condominios por seguridad y mantención de jardines, mantenciones de sepulturas, entre otros.
Aunque las empresas no quieran trasladar el valor del IVA al precio de los contratos se verán obligadas a tener que hacerlo, porque la base sobre la cual se cobra ese impuesto es el precio acordado.
El prestador del servicio no puede justificar que el IVA se encontraba incluido en el precio acordado con el cliente, ya que el SII sobre ese precio final aplicará el 19% correspondiente al IVA”.
Por otro lado, “si no se traslada a precio el IVA y se paga con cargo al precio acordado, el consumidor podría reclamar que se le restituya, porque no habría formado parte del precio convenido”, afirmó el gremio.
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