Cámara de diputados aprueba proyecto que rebaja multas asociadas al no pago del TAG

La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó en general el proyecto de ley que busca eliminar el cobro de multas asociadas a las infracciones por el no uso del dispositivo TAG en las autopistas concesionadas.

La iniciativa, impulsada por el diputado Jaime Mulet (Federación Regionalista Verde Social), fue calificada por el parlamentario como “un paso significativo” para terminar con sanciones que considera “desproporcionadas y altísimas”.

El cambio clave aprobado en general se centra en la Ley de Tránsito. La iniciativa busca eliminar el Artículo 114 de la Ley de Tránsito, que es el que establece la obligación de circular con el dispositivo TAG en las autopistas concesionadas, junto con la multa en caso de infracción.

El diputado Mulet fue enfático en aclarar el alcance de la medida:

“Se eliminó, en general, la multa establecida en el Artículo 114. No se eliminan los TAG, se elimina la multa. Se tienen que pagar, pero pagar lo justo”.

La ministra de Obras Públicas, Jessica López destacó que: “Este proyecto se hace cargo de dos temas bien importantes: uno es disponer de un sitio para realizar el pago unificado de los diversos peajes de las rutas concesionadas, un sitio que será de costo total de las empresas concesionarias, y el otro tema, es la rebaja de las multas de tránsito asociadas al Tag, que es un tema bien importante considerando que se aproxima el periodo de renovación de los permisos de circulación. Este 20% de las personas que van a pagar pueden hacerlo en distintas modalidades: al contado, con una tarjeta de crédito en cuotas o con un convenio de pago con el municipio respectivo”.

Cabe mencionar que el proyecto avanzó a su tercer trámite en el Senado para su votación y despacho a Ley.

También se establece que cada concesionaria aportará al costo del sitio electrónico proporcionalmente a su respectiva facturación, y las nuevas concesionarias de obras viales que dispongan de sistema electrónico de cobro también deberán adherirse a este sitio único. El sitio deberá ser creado, implementado y mantenido por un tercero elegido mediante licitación y deberá estar operativo seis meses después de haber sido publicado el reglamento de la ley.

 

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