SII exige emitir boletas impresas

Con el objetivo de velar por el cumplimiento tributario en materia del IVA y potenciar el combate contra la evasión, el SII dictó una nueva resolución estableciendo la obligatoriedad para los comercios que emiten boletas electrónicas de ventas y servicios y/o reciben pagos a través de medios de pagos electrónicos en ventas presenciales, de entregar al comprador final la representación impresa del documento tributario y/o comprobante de pago por cada venta.
“Esta medida nos permite reforzar, tanto para los emisores de boletas electrónicas de ventas y servicios como para la ciudadanía en general, que la emisión y entrega de la boleta es obligatoria cada vez que se realiza una compra, independiente que se utilice pago en efectivo, por transferencia o mediante tarjetas bancarias. Por ello, estamos incorporando la obligatoriedad para el vendedor de entregarla en forma impresa y también llamando a los contribuyentes a exigir su boleta o comprobante de pago (voucher), asegurando que el impuesto que pagan en cada compra llegue al Estado y dejando respaldo de las compras realizadas”, explicó Patricio Muñoz, subdirector de Asistencia al Contribuyente del SII.
De acuerdo con la Resolución N°12, del 17 de enero, las obligaciones que tendrán los emisores de boletas electrónicas son las siguientes:
Si reciben pagos con dinero en efectivo o por transferencia bancaria deberán entregar obligatoriamente la representación impresa de la boleta electrónica;
Si reciben pagos con tarjetas de débito, crédito u otros medios de pago electrónicos, deberán entregar la representación impresa de la boleta electrónica emitida y/o el comprobante de pago (voucher), dependiendo de su modelo de emisión de documentos.
El envío de la representación virtual del documento por medios electrónicos (WhatsApp, correo electrónico u otro) será una opción adicional, que seguirá disponible, pero que no reemplaza la obligatoriedad de entregar la boleta impresa.
En el caso de los contribuyentes que no cuenten con dispositivos para imprimir los documentos y/o no hayan adecuado sus sistemas tecnológicos para hacer entrega de la representación impresa de la boleta electrónica y/o comprobante o recibo de pago, tendrán plazo hasta el 1 de marzo de 2026 para dar cumplimiento a las obligaciones. En dicho perIodo, deberán entregar obligatoriamente la representación virtual de la boleta electrónica emitida y/o comprobante o recibo de pago.


Emol indica que “la medida comenzará a regir a partir del 1 de mayo de acuerdo a lo informado por el SII. Las multas por incumplimiento se encuentran en el Código Tributario. Van desde el 50% al 500% del monto de la operación, con un mínimo de 2 Unidades Tributarias Mensuales (unos $134 mil) y un máximo de 40 Unidades Tributarias Anuales (alrededor de $32 millones). Pero, ¿qué piensa el comercio sobre la nueva resolución? Hay distintas opiniones.

José Pakomio, de la Cámara Nacional de Comercio (CNC) dice que se trata de una “medida positiva, porque desincentiva la evasión del IVA y refuerza el deber de entregar la boleta. Sin embargo, resulta fundamental mantener la opción del envío electrónico de este documento”. “Muchas veces es fácil perder el registro físico, por lo que las alternativas digitales son una excelente herramienta, siempre que se pueda garantizar su uso correcto”, asegura. Y agrega: “Es clave educar a la ciudadanía sobre la importancia de solicitar la boleta, ya que representa una garantía de la compra para ejercer los derechos propios del consumidor y refuerza el compromiso con el comercio formal”.

Desde la Cámara de Comercio de Santiago (CCS), en tanto, Carlos Soublette, gerente general, habla de un “retroceso”. “Se deberían evaluar las alternativas digitales tanto para los comprobantes de pago como para el comprobante tributario. En todos los modelos de negocios, seguimos avanzando en digitalizar procesos y esto podría ser un retroceso que tendrá costos para las más pequeñas empresas y que genera una gran duda respecto de la validez o no de los documentos digitales”.

IMAGENES/ SII

 

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