Comienza a regir la nueva Ley de 40 Horas

Este viernes 26 de abril comenzó a regir la reducción de la jornada laboral a 44 horas, fruto de la ley de las 40 horas. Las personas que trabajen 45 horas semanales se les reducirá a lo anteriormente señalado. Luego la cantidad de horas irá bajando paulatinamente hasta llegar a las 40 horas en 2028

La entrada en vigencia de la Ley 40 Horas en Chile implica una reducción gradual de la jornada laboral semanal de 45 a 44 horas. Este cambio, impulsado por el Gobierno, busca convertirse en un avance en la búsqueda de una mejor calidad de vida y bienestar para los trabajadores y sus familias.

De acuerdo a lo detallado por la ley, la reducción de la jornada será gradual desde las 45 a 40 horas. Todo se da inicio este viernes 26 de abril, con la llegada de las 44 horas. Dos años después, el 2026, se deberá generar una nueva disminución, esta vez de dos horas, llegando a 42.

El 26 de abril del 2028, la jornada laboral tendrá una nueva disminución de dos horas, concretando así las 40 horas laborales en Chile. Sin embargo, las empresas pueden optar por adelantar la reducción a 40 horas antes de las fechas establecidas por ley.

A partir del 26 de abril de 2024, se aplicará la reducción de una hora en la semana, distribuida en uno o varios días según la jornada laboral semanal (5 o 6 días). La ley prohíbe reducir los salarios en relación con la disminución de la jornada laboral.

Para los trabajadores del sector público que ya tienen una jornada de 44 horas semanales, se prevé un proyecto de ley para adaptar gradualmente su jornada hacia las 40 horas.

La normativa permite a trabajadores que son padres, madres o cuidadores de niños hasta 12 años ajustar su jornada laboral para conciliar con horarios escolares.

Las empresas que no cumplan serán fiscalizadas y pueden ser sancionadas por la Dirección del Trabajo. Las empresas pueden adelantarse implementando jornadas 4×3 (4 días de trabajo y 3 de descanso) mediante acuerdo con los trabajadores. La ley se aplica a todos los trabajadores regulados por el Código del Trabajo. Las horas extras se compensarán con un recargo del 50% sobre el sueldo, o en días adicionales de feriado.

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