El Servicio de Impuestos Internos informó mediante resolución exenta N° 60 que resuelve en su primer punto fijar el monto mínimo para la emisión de boletas de ventas y servicios en $ 1 (un peso).
La normativa, que fue publicada el 17 de mayo de 2023, indica que los negocios “deben emitir boletas de ventas y servicios por el monto mínimo en $ 1 (un peso). De esta forma, quedan obligados a emitir boletas de ventas por operaciones afectas o exentas de impuesto al valor agregado por cada operación realizada, cumpliendo con todos los requisitos legales y reglamentarios definidos por el servicio.
“En el caso de transacciones que su monto total sea de $ 0 (cero peso) como resultado de la aplicación de descuentos o alguna otra condición o venta de su prestación de servicio, que disminuya su monto, la boleta electrónico de ventas y servicio deberá emitirse informando el monto del descuento aplicado en el documento”, indica la resolución.